¿QUÉ ES EL CERTIFICADO ENERGÉTICO?

En el RD 235/2013 se establece la obligación a partir del 1 de junio de 2013 de poner a disposición de los compradores o arrendatarios de los inmuebles el certificado de eficiencia energética del mismo.

El certificado energético recoge información sobre elementos constructivos del inmueble y sus instalaciones obteniendo así valores sobre demanda y consumo energético de un inmueble. Con estos valores otorga al inmueble una calificación energética en función de las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía. El certificado especificará mediante una escala de siete letras, de la A a la G, el nivel de emisiones de CO2 en comparación con las dimesiones del edificio.

De esta forma se pretende informar a los futuros compradores e inquilinos y fomentar la demanda de inmuebles eficientes desde el punto de vista energético, que supondrán un ahorro en sus futuras facturas anuales.

¿DE QUÉ CONSTA UN CERTIFICADO ENERGÉTICO?

El certificado de eficiencia energética constará de:

¿CÚAL ES EL PERIODO DE VALIDED DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO?

El periodo de validez del certificado obtenido y su correspondiente etiqueta energética será de diez años, siendo responsabilidad del propietario renovarlo. El propietario podrá proceder voluntariamente a su actualización, cuando considere que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar el certificado de eficiencia energética.

¿QUIÉN PUEDE REALIZAR EL CERTIFICADO ENERGÉTICO?

Según establece el RD 235/2013, el certificado de eficiencia energética será realizado por técnicos competentes, considerandose como tales Arquitectos, Arquitectos Técnicos, Ingenieros e Ingenieros Técnicos que, además, deberan estar colegiados en sus Colegios Oficiales correspondientes.

En InmoSenior Soluciones Constructivas contamos entre nuestra plantilla con Arquitectos e Ingenieros titulados y colegiados, especializados en eficiencia energética, que podrán realizarle su certificado de forma rápida y económica. No dude en consultarnos aqui.

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?

La ley establece sanciones que oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.

¿QUÉ ES LA ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?

La etiqueta energética muestra, entre otros datos, la calificación energética de un edificio. La escala de la calificación energética son siete letras correlativas. De la letra A (edificio más eficiente energéticamente) a la letra G (edificio menos eficiente energéticamente). 
Una vez registrado el certificado energético en el organismo correspondiente de cada comunidad autónoma, se obtiene la etiqueta de eficiencia energética, de formato muy parecido a la ya conocida en los electrodomésticos. Esta etiqueta resume de una manera muy visual el contenido del certificado.

¿Cuándo debe mostrarse la etiqueta?

La etiqueta debe incluirse en toda oferta, promoción y publicidad dirigida en venta o alquiler del inmueble.

Todos los edificios o unidades de edificios ocupados por las autoridades públicas y que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 250 m2, exhibirán la etiqueta de eficiencia energética de forma obligatoria, en un lugar destacado y bien visible.

Los edificios de titularidad privada o partes de éstos que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil de más de 500 m2 exhibirán la etiqueta de eficiencia energética en un lugar destacado y visible, cuando les sea exigible su obtención.

En el resto de casos la exhibición de la etiqueta será voluntaria.

Si tiene un inmueble en alquiler o venta y necesita obtener la etiqueta energética de forma rápida y económica no dude en consultarnos y solicitar presupuesto.
Si tiene un inmueble en alquiler o venta y necesita obtener la etiqueta energética de forma rápida y económica no dude en consultarnos y solicitar presupuesto.
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